“Firme
defensa de la ley fundamental”. Folleto impreso en la Imprenta de
Valentín Espinal, Caracas, 1825. Francisco de Paula Santander,
general de división de los ejércitos de Colombia, vicepresidente de
la República, encargado del poder ejecutivo. “Vistas
las comunicaciones del Intendente y del Comandante general de
Venezuela relativas a las hostilidades causadas en Baruta y otros
lugares de la jurisdicción de Caracas por la partida enemiga de
Cisneros, al suceso de Petare y a las ocurrencias posteriores de
Tucupido y El Sombrero, que todas parecen dirigirse a turbar la
tranquilidad pública de Venezuela por las sugestiones de los
enemigos de la República; y considerando que en circunstancias
idénticas dictó al Congreso Constituyente medidas enérgicas y
extraordinarias para cortar en tiempo el mal de una conmoción
interior, las cuales también adoptó el Poder Ejecutivo en las
provincias de Santa Marta y Los Pastos con tan buen suceso que hoy
disfrutan de tranquilidad; examinadas en el Consejo de Gobierno las
expresadas comunicaciones con todos los documentos que se tuvieron
presentes, y hallándose que era indispensable dictar iguales medidas
en la provincia de Caracas para asegurar la tranquilidad pública, y
mantener a los ciudadanos en el goce pacífico de su seguridad
personal y la de sus propiedades, fueron consultadas al Congreso
oportunamente, y en virtud de su acuerdo y consentimiento consignado
en nota del 10 del corriente; he venido en decretar…”
(Texto
tomado del documento)
(COTA:
CAK3131. Folleto. Colección Libros Raros)
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