lunes, 9 de mayo de 2011

ORIGEN DE LA PROVINCIA DE PORTUGUESA (1851)


Solicitud que hacen los vecinos de los cantones de Araure, Ospino y Guanare pidiendo formar una provincia aparte separada de la provincia de Barinas y que lleve por nombre “PORTUGUESA”. Dicha solicitud se les hace al Senado y Cámara de Representantes de La República de Venezuela. En torno a la referida solicitud se decreta varios artículos dentro de los cuales citaremos algunos: “Artículo 1º: Se erige una nueva provincia con el nombre de Portuguesa compuesta por los cantones Ospino, Guanare, Araure y Guanarito cuya capital será la ciudad de Guanare.
 
 
 Artículo 2º: Los límites de la nueva provincia serán los mismos que los que separan los cantones mencionados en el primer artículo. Articulo 3º: El régimen y administración de la Provincia de Portuguesa comenzará el día 1º de enero de 1852 y en consecuencia no se hará alteración alguna hasta dicha fecha; quedando vigente en las dos provincias las Ordenanzas municipales expedidas por la de Barinas hasta que sean reformadas o derogadas por las respectivas Diputaciones conforme a la Constitución…” Documento firmado por los representantes de la Cámara del Senado en Caracas el 15 de abril de 1851.
(Manuscritos históricos venezolanos caja 3)

MEMORIA DE LOS ABONOS, CULTIVO Y BENEFICIOS QUE NECESITAN LOS DIVERSOS VALLES DE LA PROVINCIA DE CARACAS PARA LA PLANTACIÓN DE CAFÉ


Memoria presentada al Real Consulado por un patriota que se interesa en la prosperidad de la agricultura, en 26 de octubre de 1809. Adicionada por un amigo de la agricultura con instrucción para el gobierno de las haciendas de cacao. Libro impreso por Tomás Antero, Caracas, 1833. Cubiertas de pergamino. Se observan perforaciones en el soporte de papel ocasionado por insectos, asimismo, puede notarse trabajos especializados de conservación realizados para corregir daños en la estructura general de este ejemplar. Se lee textualmente en la primera página lo siguiente: “Esta memoria fue impresa por disposición del consulado el año de 1809 en esta ciudad y alcanzó a Coro un ejemplar, del cual copió un vecino de allí lo que convenía a sus miras y empresas locales, por lo que omitió el capítulo primero en el cual se hace una descripción de las diversa calidades de tierras del territorio de Venezuela.”

CONTENIDO: INDICE DE LOS TRATADOS CONTENIDOS EN ESTE VOLUMEN: De las diferentes calidades de tierra; Del beneficio general; Del beneficio del arado y de las utilidades que de él resultan; Del beneficio de los estiércoles, cómo obran estos, y cómo deben administrarse; Del beneficio de la sombra; Del beneficio que generalmente necesitan los terrenos altos y quebrados; Del beneficio de la mezcla de tierras y del modo de ejecutarlo; Del modo con que deben hacerse los almácigos; Como debe cultivarse el café en cuanto a la distancia de su siembra, podarse y deschuparse; De las diferentes plantas que pueden sembrarse dentro del café y de las que perjudican y otros. INSTRUCCIÓN PARA EL GOBIERNO: De las haciendas de cacao: Desyerbo; Plagas; Gusanos; Aseo y corte del cacao; Córtese el árbol de sombra; Como debe hacerse el almácigo; Cogida del cacao; Beneficio del cacao; Conservación del cacao; Remedio para el cacao que se haya picado; Casas y fábricas; Herramientas; Mantenga las herramientas necesarias; La mancha del cacao que llaman cordoban.

LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA (1864)

Manuscrito original escrito en 14 folios en un formato de 60 x 35 cm. Son cuadernillos o pliegos unidos uno al otro con costura artesanal. Dicho documento contiene los decretos, acuerdos y resoluciones para el año de 1864. Puede verse en el documento el águila como emblema, con un texto que dice: Dios y Federación. De las materias que allí se señalan citaremos como ejemplo algunas como: Decreto aprobatorio de los actos del General Falcón y que le discierne los títulos de Gran Ciudadano y Mariscal.--Decreto sobre honores fúnebres al valiente ciudadano General Ezequiel Zamora.-- Acuerdo establecimiento de un Diario Oficial que contenga los debates de de la Asamblea.—Decreto declarando puertos francos los de Juangriego, Porlamar y Pampatar en el E. de Nueva Esparta.Acuerdo cediendo al Estado Trujillo dos fincas de la Nación. Se leemos otros párrafos de este interesante documento de la Asamblea Constituyente de 1864, nos encontramos con el siguiente decreto: “Que es un deber de los pueblos honrrar la memoria de aquellos ciudadanos que les han prestado grandes servicios, porque así rinden un tributo a la justicia y estimulan a las virtudes patrióticas: Que el General Ezequiel Zamora consagró todos sus días a las libertades públicas , ostentándose ante Venezuela y la América como un hombre de proporciones colosales, así por sus extraordinarios dotes militares, como por la pureza de sus sentimientos republicanos; y que no es decoroso para Venezuela decretar honores nacionales al General Ezequiel Zamora, sin dar a su familia una muestra directa de protección.” Allí mismo se decreta al General Ezequiel Zamora como propiedad de la patria y primer soldado de la Federación venezolana. Por otra parte, se le confirma el título de “Valiente Ciudadano”. Y en otras líneas leemos: Como un presente extraordinario se ofrecerá por el Poder Ejecutivo a la Madre del Valiente Ciudadano la suma de veinte mil pesos a nombre de la Nación. El documento presenta algunos daños como rasgaduras en el papel, sin embargo, su estado de conservación es estable.

(Manuscritos históricos venezolanos)

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